Necesito Visado

Viajar desde España

¿Necesito visado para viajar a Colombia?

Sin visado para turismo: al entrar se concede un permiso de hasta 90 días, prorrogable hasta 180 al año.

Requisitos de entrada para españoles

Colombia

No hace falta visado
  • No necesitas visadoEstancia máxima sin visado: 90 días
  • Necesitas pasaporteEl DNI no sirve para entrar
  • Vacunas obligatoriasConsulta el apartado de sanidad

*Viaje de turismo con pasaporte español ordinario. Confirma siempre con la embajada antes de viajar.

Web informativa e independiente, sin relación con el Ministerio de Asuntos Exteriores ni con ninguna embajada o agencia. No tramitamos visados. Los requisitos pueden cambiar sin aviso: confirma siempre con la embajada o consulado del país antes de viajar.

Visado para viajar a Colombia

Sin visado para turismo: al entrar se concede un permiso de hasta 90 días, prorrogable hasta 180 al año.

Esto es lo que indica el Ministerio de Asuntos Exteriores en sus recomendaciones de viaje para quienes viajan a Colombia con pasaporte español por turismo. Más abajo tienes su texto, la documentación, las vacunas y los datos de la embajada.

NO No se precisa visado para entrar en el país como turista. Las autoridades de migración otorgan a los españoles a su entrada en el país el mencionado permiso de visitante turista por un término inicial de hasta 90 días. Este término puede prorrogarse mediante solicitud presentada a las autoridades de Migración Colombia en Bogotá, o en cualquier capital de departamento del país, hasta un máximo de 180 días al año con múltiples entradas, previo pago de las tasas correspondientes. En cualquier caso, las autoridades colombianas son muy estrictas con lo que respecta a la normativa de visados, imponiendo considerables multas a quienes se encuentran en situación de ilegalidad (incluso por dedicarse a una actividad lucrativa, así sea en forma muy ocasional, habiendo entrado como turista). Para todo viaje que no sea de turismo debe consultarse con la Embajada o Consulados de Colombia en España. Para información adicional consultar la siguiente página web: www.migracioncolombia.gov.co

Texto del Ministerio de Asuntos Exteriores (recomendaciones de viaje para Colombia), consultado el 3 de noviembre de 2026. Ver la ficha oficial.

Pasaporte y documentación

/ DNI: Pasaporte. Las personas que ingresen al país en condición de turistas, deben presentar pasaporte vigente ante la autoridad migratoria correspondiente, que estampará el permiso de visitante turista y deben tener un billete de ida y vuelta. Asimismo, por precaución, siempre es conveniente hacer una fotocopia del pasaporte junto con el sello de entrada en el país, para el supuesto de extravío o hurto del mismo. Aquellos ciudadanos españoles que hubiesen reportado a la policía española el extravío o robo de su pasaporte y posteriormente éste apareciera, deberán retirar la denuncia. De otra manera, si viajan a Colombia con dicho pasaporte, les será denegada la entrada en el país y serán devueltos sin excepción en el siguiente vuelo. Pasaporte / DNI: Pasaporte.

Antes de viajar a Colombia

  • Pasaporte en vigor
  • Sin visado para turismo
  • Sin vacunas obligatorias
  • Seguro de viaje con cobertura médica
  • Inscripción en el Registro de Viajeros de Exteriores (recomendable)

Vacunas y sanidad

El16 de abril de 2025 se declaró la emergencia sanitaria en todo el país por el aumento de los contagios de fiebre amarilla. Hasta el momento, los departamentos más afectados son Tolima, Putumayo , Nariño , Caquetá, Huila, Vaupés, Cauca, Meta y Caldas. Es por ello que estas autoridades han recomendado a la ciudadanía vacunarse, al menos diez días antes de entrar en una zona de riesgo. El Ministerio de Salud de Colombia emitió el 29 de marzo de 2017 la Circular 018 sobre la exigencia y/o recomendación de la vacuna de la fiebre amarilla. Dicha Circular informa que se exigirá el Certificado Internacional de Fiebre Amarilla únicamente para viajeros que se dirijan o regresen de los siguientes países: Angola, República Democrática del Congo, Uganda y Brasil. Asimismo, para viajeros nacionales o internacionales que se dirijan a zonas endémicas en Colombia. Las autoridades brasileñas exigen la vacuna de la fiebre amarilla para viajeros procedentes de Colombia. Las compañías aéreas con destino a Brasil deniegan el embarque si el pasajero no presenta el correspondiente certificado de vacunación. Asimismo, se exige dicha vacuna para ingresar en la mayoría de los Parques Nacionales colombianos. Al margen de lo anterior, no existen vacunas obligatorias para ingresar a Colombia.

Dinero y divisas

El importe máximo de divisas que el extranjero puede ingresar en el país es de 10.000 dólares USA por viaje sin declarar durante los 180 días en que es posible la permanencia como turista. La entrada en el país de capitales superiores a esta suma sin declarar está considerada como lavado de activos y está castigada con penas de prisión. Se pueden cambiar euros y dólares en cualquier establecimiento bancario. El único requisito para efectuar el cambio es la presentación del pasaporte. Generalmente, no se acepta el pago en dólares en casi ningún establecimiento. Hay que tener prudencia en aquellos que lo hacen. Así pues, es siempre necesario efectuar cambio a pesos colombianos. No existe la posibilidad de abrir cuentas corrientes en divisas.

Embajada de España en Colombia

Embajada de Colombia en España Calle General Martínez Campos, 48 Tel.: 91.700.47.70 Fax : 91 310.28.69 Página web Prefijo País: +57 Embajada de España en Colombia Calle 92 #12-68.- Bogotá Teléfono: + 57(601) 6220090 Fax: +57 (601) 621 08 09 y 655 53 05. Dirección de correo: [email protected] Página web ​Oficina Comercial - CRA 9A nº 99-07 Oficina 901 Torre La Equidad Bogotá, Colombia. Teléfonos: +57 (601)55 54 00. Fax: +57 (601)57 00 07. Correo electrónico: [email protected] | Página web Oficina Técnica de Cooperación AECID: Carrera 11A Nº 93-67, piso 3. Bogotá. Teléfono: +57 (601)441001. Fax: +57 (601)441016. Dirección de correo: [email protected] ​| Página web Centro de Formación de la Cooperación Española (Claustro de Santo Domingo): Claustro de Santo Domingo. Plaza de Santo Domingo. Carrera 36 n.º 2-74. Cartagena de Indias. Teléfonos: +57(605) 664 12 10 y 664 09 04.

Preguntas frecuentes sobre el visado para Colombia

¿Necesito visado para viajar a Colombia?

No hace falta visado. Sin visado para turismo: al entrar se concede un permiso de hasta 90 días, prorrogable hasta 180 al año.

¿Cuánto tiempo puedo quedarme en Colombia sin visado?

Hasta 90 días para turismo, según Exteriores. Para estancias más largas o por otros motivos, consulta con la embajada.

¿Puedo viajar a Colombia con el DNI?

No. Hace falta pasaporte en vigor.